Fondeaderos ilegales en las Calanques: una condena sin precedentes para el armador Le Levantin

© Maxime Leriche

Por primera vez en Francia, un armador ha sido condenado por amarre ilegal en una zona marina protegida. El tribunal judicial de Marsella ha castigado a la empresa Levantin por dañar las praderas de posidonia del parque nacional de las Calanques. La sentencia podría sentar un precedente en el sector de la náutica profesional.

Una primicia judicial en el sector de los yates

El miércoles 12 de junio de 2025, la justicia dictó una sentencia sin precedentes: la empresa marsellesa Levantin, explotadora del catamarán de alquiler E-Colorato, fue condenada por haber fondeado en dos zonas prohibidas dentro del Parque Nacional de las Calanques. Las infracciones se remontan a julio de 2021 y abril de 2022, y se refieren a fondeos cerca de las islas de Riou y Plane, en zonas clasificadas para la protección de praderas de posidonia.

Esta planta endémica del Mediterráneo desempeña un papel crucial en la estabilización de los fondos marinos, la oxigenación del agua y la protección de la biodiversidad. Su degradación se considera una gran pérdida medioambiental.

Multa y daños y perjuicios por destrucción del ecosistema

El tribunal impuso a la empresa una multa suspendida de 50.000 euros. Además, la empresa fue condenada a pagar 49.040 euros en concepto de daños y perjuicios al Parc National des Calanques y varios miles de euros a tres asociaciones de protección del medio ambiente: France Nature Environnement, Surfrider Foundation y la Ligue pour la Protection des Oiseaux (Liga para la Protección de las Aves).

La investigación, realizada con el apoyo de la Oficina Francesa de Biodiversidad, se basó en observaciones sobre el terreno y en una reconstrucción precisa de las trayectorias y posiciones GPS del barco.

Presión comercial y desconocimiento de las normas

Durante la vista, los patrones del catamarán admitieron que habían fondeado a sabiendas en esas zonas prohibidas, alegando una importante presión comercial para satisfacer a los pasajeros. No obstante, admitieron ser conscientes de las restricciones vigentes. El armador Levantin, en liquidación desde enero de 2024, ya había sido excluido de la lista de operadores autorizados a operar en las aguas del parque nacional en 2023.

Este caso pone de manifiesto una tensión recurrente entre la lógica comercial de la náutica profesional y los imperativos de preservación de las zonas sensibles. También sirve para recordar la obligación de todos los navegantes profesionales de estar plenamente informados sobre las normas de fondeo y navegación vigentes en las zonas protegidas.

¿Jurisprudencia para la náutica profesional?

La sentencia del tribunal de Marsella sienta un precedente: es la primera vez en Francia que un operador comercial responde penal y económicamente de los daños ecológicos causados por un fondeo prohibido. Esta decisión podría servir de referencia para otros parques marinos que se enfrenten a infracciones similares.

También destaca el endurecimiento de la aplicación de las normas medioambientales en el Mediterráneo y la mayor vigilancia de las autoridades ante la presión del turismo y la proliferación de usos del litoral.

La condena de la empresa Levantin marca un punto de inflexión para las prácticas profesionales en las zonas marinas protegidas. Recuerda a los operadores náuticos su deber de dar ejemplo, en un momento en que la fragilidad de los ecosistemas costeros exige un mayor rigor. Para los gestores de zonas marinas, esta decisión proporciona una herramienta jurídica suplementaria para la protección sostenible de hábitats tan esenciales como las praderas de posidonia.

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