Los submarinos de recreo con permiso legal para bucear

El submarino Neyk, un juguete submarino privado para superyates

La Préfecture Maritime de Méditerranée ha emitido un decreto para regular la navegación de los submarinos privados. Una necesidad ante la vaguedad legal y la multiplicación de los juguetes submarinos a bordo de los yates.

Publicación oficial

El 25 de julio de 2017, la Prefectura Marítima del Mediterráneo publicó la Orden Prefectoral N°223/2017 que regula la navegación de los buques submarinos privados en las aguas interiores y territoriales francesas del Mediterráneo. Este texto, firmado por el Vicealmirante Charles-Henri de la Faverie du Ché, aclara el marco administrativo que regula el uso de los submarinos por parte de los navegantes, que no estaban previamente autorizados a bucear en las aguas territoriales, a pesar de su fuerte desarrollo como accesorios de superyates.

Respeto por el medio ambiente y la seguridad

El decreto especifica varias normas de navegación destinadas a preservar el medio ambiente y evitar cualquier riesgo de accidentes con otros usuarios del mar:

  • El submarino no debe acercarse a menos de 5 metros del fondo. Está prohibido todo contacto con la fauna y la flora, por medio de herramientas operadas desde el submarino.
  • En el buceo, el submarino no tiene una prioridad particular sobre otros usuarios, especialmente los buzos. Tendrá que respetar, frente a estos buzos, una distancia de seguridad de 10 metros.
  • El submarino debe ir acompañado de un barco de superficie. Las comunicaciones entre el submarino y el buque acompañante deben estar garantizadas en todo momento.

Perímetro de buceo limitado

Para obtener la exención de la obligación de navegación de superficie, cada navegante debe solicitarlo a las autoridades, que emitirán una orden individual del Prefecto Marítimo específica para cada submarino o embarcación sumergible. Cada solicitud debe especificar el propósito de la inmersión, la duración de la autorización solicitada y el sector de navegación de buceo entre los especificados en el apéndice de la Orden. Se trata principalmente de pecios o sitios con una particular riqueza de fauna y flora submarina, ubicados por los números rojos de la imagen inferior.

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